400 AÑOS SIN LIBERTAD


400 AÑOS SIN LIBERTAD

Aitzol Altuna Enzunza






El año 2012, año de la conmemoración de la conquista de 1512, fue el del baño ideológico al imperialismo. Además, unos 20.000 nabarros se manifestaron en junio de ese año en un acto organizado por Nabarralde junto a  otros grupos como Nafarroa Bizirik! 



En realidad, actos como éste, son fruto de un árbol que ha germinado tras años de trabajo a modo de libros, seminarios, charlas, salidas de fin de semana a nuestros castillos etc., pero, sobre todo, tras muchas horas de conversación y aprendizaje, siempre desde la modestia y un imprescindible sentimiento patriótico. 



De la semilla germinada ha salido un árbol joven en apariencia, pero de fuertes raíces históricas (pasadas, presentes y futuras), por lo que sus ramas serán frondosas y darán, sin duda, buena sombra. Este año toca repetir, ya que la efeméride es incluso más importante: hace 400 años que nació el último vasconabarro libre. El movimiento nafarzale, “Nabarra Estatu Mugimendua”, ha llegado para quedarse.


En un complicado juego diplomático, Nabarra logró sobrevivir a los dos grandes Estados imperialistas que le rodean, tras las tempanas agresiones de 1054, 1076 y 1200 por Castilla (y en menor medida por Aragón y Aquitania), después vino la conquista del núcleo principal del reino baskón que se produjo entre 1460 y 1512-24 por una incipiente España, finalmente, en 1620 toda la Nabarra Continental fue absorbida por Francia.



Es preciso señalar que, después de que Fernando II de Aragón hubo usurpado el Reino de Nabarra, ningún referéndum, ni Acto de Unión, ni formalidad legal alguna se celebró jamás en Nabarra para validar su “incorporación” como otro Reino más “en la corona de los dichos reynos de Castilla e de León e de Granada” etc. (Cortes de Burgos, 7-Julio-1515). Y más aún: en esas llamadas “Cortes de Incorporación” no estuvo presente ni un solo natural del Reino ilegalmente anexado.


El Reino o Estado de Nabarra no fue nunca formal ni legalmente “incorporado” ni “unido” al Reino de Aragón o al Reino de Castilla, como tampoco lo habían sido sus Territorios periféricos anteriormente usurpados, ni jamás se habló para nada de “Reino Unido”. En cuanto al “Edicto de Unión” que el rey Luis II de Nabarra hizo aprobar estableciendo el Reino Unido “de France et de Navarre” en 1620 (Luis XIII de Francia), ello fue un acto de traición a las leyes, libertades y derechos constitucionales del Reino, forzado mediante la presencia del ejército francés de ocupación en Bearne y por tanto nulo de pleno derecho (Iparla "Oinarriak-Fundamentos ideológicos" 2019).

Nabarlur, Eneko del Castillo

El poder de los imperialistas en nuestra tierra se basa desde entonces en tener un ejército que subyugó al nuestro y que después viene masacrando periódicamente a nuestro Pueblo: a nuestras milicias en las Guerras Forales o Carlistas y a los gudaris del Gobierno Vasco. Tras ello, vino la supresión de nuestras leyes y, por supuesto, la persecución de nuestro idioma y de nuestra idiosincrasia, es decir, el intento de aniquilar nuestras familias. También nuestra economía (aspecto fundamental de todo colonialismo), sufre la explotación imperialista del Cupo y del Concierto Económico, con leyes que permiten la explotación de la clase trabajadora vasconabarra, cuyo primer enemigo es el mismo.


Este poder militar institucionalizado es hoy su Estado imperialista, pero no les hace falta tener permanentemente tanques en las calles, les basta con aprobar leyes contra nuestros intereses y después pagar a políticos, funcionarios, policías y jueces para que las hagan cumplir.




Pero la anexión de un Estado es un ilícito penal, es más, el Estado continúa existiendo a pesar de ella: “Del acto ilícito no surge derecho”, como explica el autor de Iparla en "Oinarriak-Fundamentos ideológicos" (2019). Éste es un principio fundamental que determina la no-adquisición de un derecho legal. La aplicación del citado principio jurídico fundó la política de los USA desde 1932, dando lugar a la denominada doctrina Stimson-Welles sobre el no-reconocimiento internacional de las “adquisiciones” o anexiones territoriales realizadas mediante la fuerza. 


Un Estado es una persona jurídica en el plano internacional; en realidad es la persona jurídica de más alto rango: “los Estados son las personas jurídicas más importantes en el derecho internacional, y las únicas personas plenas e iguales en sus derechos bajo la ley internacional”. Así como hacer desaparecer una persona física es un crimen que no prescribe en la ley penal, agredir y hacer desparecer un Estado es un crimen imprescriptible bajo la ley internacional (Texto completo: http://nafarzaleak.blogspot.com/2019/01/la-anexion-de-un-estado-es-un-ilicito.html)



El “derecho de conquista”, frecuentemente invocado por Estados medievales y modernos como justificación complementaria, última o suprema de sus rapaces anexiones, quedaba formalmente borrado por la postulada Ley Internacional de las Naciones Unidas.

Un Estado, aun ocupado y anexado por el imperialismo mediante la violencia de su agresión y legislación, no desaparece por ello y la anexión por el Estado ocupante es legalmente nula y criminal. Las instituciones de un Pueblo sojuzgado y su Estado ocupado continúan existiendo a pesar de su abolición por la “legalidad” imperialista -nula de pleno derecho-, mientras esa abolición siga siendo impugnada por un Movimiento de Resistencia Nacional. Al igual que los crímenes mediante los que se han conculcado, los derechos fundamentales de los Pueblos y de sus Estados son también imprescriptibles.

-         Para que así sea, en primer lugar, se tiene que dar la innegable voluntad de libertad nacional tenazmente mantenida por un Pueblo, es decir: su permanente reivindicación del derecho de autodeterminación, es un dato políticamente decisivo a efectos de la constitución/restauración de un Estado propio: los Pueblos resisten, luego existen.

No son Pueblos sólo porque existen; lo son y existen porque resisten: la resistencia es su modo de existencia. Su Resistencia misma hace que “un Pueblo sea un Pueblo”, identificable bajo la agresión, la ocupación y el terrorismo imperialistas etc.: “Es muy posible que la expresión popular de voluntad de estatalidad haya comenzado a convertirse en un prerrequisito de la estatalidad; de hecho terceros Estados la han considerado como requisito previo para el reconocimiento”.

-         La segunda parte, es la voluntad de restauración del propio Estado histórico del Pueblo sojuzgado, y en cualquier caso la inexistencia de cualquier unión legal de un Estado o un Territorio-No-Auto-Gobernado con el Estado del Imperio que los ocupa, según la doctrina de las Naciones Unidas.



¿Y qué decir entonces cuando esa “expresión popular de voluntad de estatalidad”, constantemente mantenida a través de los siglos y que llega hasta el presente, va acompañada además con la innegable existencia de un Estado históricamente constituido y mantenido durante más de mil años, como es el caso del Pueblo Vasco y su Ducado de Vasconia-Aquitania y posterior Reino de Pamplona/Nabarra?

Escribe Aitzol Altuna: “Así es como la victoria baskona del 15 de Agosto del año 778 [en Orreaga/Errozabal] ha pasado a los anales como una de las grandes batallas de la historia de la humanidad, y ha sido el punto de inflexión al imperialismo que ha permitido a numerosas naciones europeas sobrevivir a la Edad Media y llegar hasta el presente (...)” (Iparla "Apuntes sobre la evolución histórica del Pueblo y el Estado Vascos"). 

Es el comienzo de nuestro Estado y nuestra naturaleza misma: la Resistencia de nuestro Pueblo al imperialismo, la Resistencia a desaparecer en el cementerio de la historia de los Pueblos.




Sigue el Iparla en "Oinarriak-Fundamentos ideológicos": Del mismo modo que el gobierno francés no vio ninguna necesidad de reconocer los Estados bálticos como ‘nuevos’ Estados en 1991, ya que Francia, como la mayoría de los países occidentales, nunca había reconocido su anexión. Y por su parte las Repúblicas Bálticas, no expresaron su ruptura con la Unión Soviética en 1991 como un ejercicio de autodeterminación, sino que en su lugar enfatizaron la ilegalidad de la anexión del 21 de julio de 1940.

El derecho internacional de autodeterminación de todos los Pueblos se opone a “los crímenes de guerra, contra la paz y contra la humanidad; al uso de la violencia para privar a los Pueblos de su derecho de autodeterminación, libertad e independencia, o para romper su integridad territorial; a la agresión, la guerra, la invasión o ataque por fuerzas armadas; y a cualquier ocupación militar, incluso temporal, resultante de tal invasión o ataque, o cualquier anexión, adquisición territorial o especial ventaja resultante del uso de la violencia.”



Pero si lo que se pretende como estrategia es democratizar el Estado español o francés, para después liberar nuestro país mediante un referéndum, es que no se entiende la naturaleza del imperialismo o totalitarismo que padecemos y ya no habrá salida de este infierno, podemos abandonar toda esperanza. 



No hubo un referéndum originario para crear los Estados que nos oprimen (ni siquiera tras el franquismo en el que se gestó el actual “segundo franquismo”), ni incorporaciones voluntarias a los mismos de territorios de otros Estados (Bretaña o Nabarra por ejemplo), ni esos Estados imperialistas consentirán referéndum alguno en ese sentido, salvo que tengan claro que lo van a ganar por goleada, como hizo Francia en su colonia de ultrapuertos de “Nueva Caledonia” en el año 2018, llenada previamente de funcionarios y colonos franceses para asegurarse el resultado (y aun así, la victoria del imperialismo fue pírrica con tan solo un 56,7% de los votos y un segundo referéndum este año 2020).

Es más, la ONU respalda, una vez más, en virtud a una resolución del Tribunal Internacional de la Haya del 15 julio de 2010, la declaración unilateral de independencia de Estados ocupados y de  sus Pueblos Resistentes como el nuestro.